Entradas populares

La legal competencia desleal

Los empresarios hoteleros se quejan del aumento de viviendas de uso turístico y reclaman una regulación

El problema de las viviendas segundas residencias ofertadas para alquiler, a modo de hoteles, se está convirtiendo en una forma clara de competencia desleal para con los establecimientos hoteleros de la Comunidad de Madrid. La cuestión es que estas viviendas están acogidas al régimen de la actual Ley de Arrendamientos Urbanos, conocida como la LAU; mientras que los hoteles de la capital están regulados por la normativa turística. La actual LAU no contempla  la variada casuística relacionada con el alquiler  de  viviendas  para  uso  turístico y/o vacacional, y sin embargo, sí que deja un  marco abierto a través de la regulación de los arrendamientos de segunda  residencia y de temporada. Este marco  permite  que  se  acomoden  los  contratos de alquiler de apartamentos y viviendas turísticas vacacionales en la  misma  LAU.
Para evitar esta situación, bastaría con modificar y/o  complementar la LAU, en el sentido de que todo contrato de arrendamiento de  vivienda  que  incluya  el  compromiso  o la obligación de prestación de unos servicios complementarios propios de la industria hotelera (limpieza  y lavado de  ropa  de  forma  periódica)  quedará  o bien excluido de la propia LAU y remitido a la normativa turística, o bien regulado de forma explícita en la LAU. Además, hay tres variables más sobre los que la actual Ley de Arrendamientos Urbanos deja una laguna jurídica por la que se encuentran en una posición ventajosa respecto a la industria hotelera.
La primera de ellas es que los apartamentos turísticos son edificados en suelo terciario de uso hotelero al contrario que las viviendas residenciales o segundas residencias, la segunda variable a contemplar debería ser la duración de los propios contratos de  arrendamiento de las viviendas con una alta rotación y/o por plazos muy breves de tiempo (días, semanas o meses). El establecimiento de estos plazos temporales  de  corta  duración  sería el indicador que  permitiría un mejor control y conocimiento del arrendamiento de las  viviendas  turísticas vacacionales. Finalmente, la LAU en todos los casos de arrendamiento de viviendas debería de obligar a la formalización de un contrato, aspecto no obligatorio actualmente en los contratos de segunda residencia o por temporada. Contratos que por lo general son sustituidos por acuerdos verbales entre particulares.
La Asociación Empresarial Hotelera deMadrid (AEHM) reclama un mayor control sobre el uso turístico de viviendas residenciales, que según informa la propia AEHM desde el 2005 se ha ido aumentando la oferta de este tipo de viviendas y podría superar las 10.000 plazas repartidas en 3.000 viviendas en toda la Comunidad de Madrid. Exigen una regulación exhaustiva a la Comunidad, como la que ya existe en Barcelona o Nueva York. Además, quieren alertar a los propietarios de estas viviendas de los problemas que pueden tener al no disponer de seguridad en la vivienda para los propios propietarios pero también para el resto de vecinos.
Foto de la Calle del Caballero de Gracia
Sin embargo, el propietario de una de estas casas en alquiler Don Francisco Javier Cruz, que oferta su vivienda en la calle del Caballero de Gracia, número 18 en Madrid, afirma que lleva más de dos años alquilando esta residencia y no ha tenido nunca problemas con los vecinos, ni con los inquilinos. “Evalúo a cada persona interesada en mi apartamento, y en muchas ocasiones se ponen en contacto conmigo a través de la web Homelidays, con lo que son ellos desde su plataforma los que verifican la identidad de los inquilinos”. Sobre la  regulación de este tipo de residencias  dice que "se hace porque la ley lo permite", que no busca una regulación pero que si la hubiese no la infringiría y valoraría adaptar su negocio, pues podría no resultarle rentable.
En realidad, el objetivo final que se persigue, no es solo acabar con una competencia desleal, sobre la que la ley es ambigua, sino que tiene un fin más alto y es la mejora de la calidad de la oferta  turística  y,  por tanto, la imagen/credibilidad de la oferta turística madrileña. 

No hay comentarios:

Publicar un comentario