Entradas populares

ÚLTIMOS PASOS HACIA LA LEGALIDAD EN LA PRESCRIPCIÓN ENFERMERA


Con la modificación de la Ley 29/2006, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios por medio del Real Decreto 1718/2010, se introdujeron dos novedades de máxima relevancia para el ámbito de la enfermería: en primer lugar, sitúa a los “podólogos como profesionales sanitarios facultados para recetar y contempla, en segundo lugar, la participación de los enfermeros, por medio de la orden de dispensación, en el uso, indicación y autorización de dispensación de determinados medicamentos y productos sanitarios”. Es decir que, ya no sólo son competentes los médicos y odontólogos para recetar medicamentos, si no que ahora, también lo podrán hacer los enfermeros.


Fotografía: Angélica Escobar
     Se ha dado el último paso para que en los próximos meses se legalice la prescripción enfermera (último borrador). Iniciándose el trámite de audiencia del proyecto del Real Decreto que regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de los enfermeros. El Consejo General de Enfermería (CGE), aboga de manera cauta por la noticia,  “preferimos examinar a fondo el texto antes de pronunciarnos”. Con dicho Real Decreto se regulan: los servicios sanitarios públicos y privados, las actuaciones de los enfermeros y enfermeras en materia de indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso. Para otorgar una seguridad jurídica al proceso, queda prevista la creación de un registro de enfermeros, gestionado por el CGE, para inscribir a los que estén acreditados por el Ministerio de Sanidad. 

    La supervisora de unidad de los servicios del hospital central de la defensa Goméz Ulla, Yolanda barrios zurita, expresa que “para poder dispensar medicación, habría previamente que fomentar la especialización de la enfermería, lo que daría una mayor formación en farmacología y un conocimiento de tratamientos”. Esta incursión legal a suscitado múltiples comentarios tanto a favor como en contra “aunque se me ocurren más ventajas que inconvenientes, la enfermería no necesita prescribir fármacos y tratamientos para ser una profesión completa”. Hasta qué punto un enfermero está realmente preparado para hacerlo; “los enfermeros con mucha experiencia y que llevan mucho tiempo en una especialidad, seguramente que se saben los tratamientos adecuados, pero esto lo da la experiencia y no la formación, de momento”.

   Por otro lado, la secretaria general técnica del sindicato de enfermería Mª José García Alumbreros explica que, “en realidad, el enfermero no va a asumir nuevas tareas, o labores o que vaya a quitar el papel a nadie, ya que cuando nosotros hacemos una cura, elegimos el tipo de antiséptico, la pomada que tenemos que dar, el tipo de apósito, con lo cual estoy prescribiendo desde el momento que elijó que es lo que tengo que aplicar. Simplemente, lo que va  a hacer es que en aquellas situaciones en las cuales de una manera, podíamos decir informal, estaba sugiriendo tratamientos, a través de esta ley lo que va  a hacer es responsabilizar a los enfermeros de lo que hacen en la práctica diaria”. Mª José García Alumbreros para el debate sobre si los enfermeros están o no capacitados ya que “cada profesional sabe hasta dónde llega su grado de responsabilidad y sus capacidades. Cuando hablamos de prescripción enfermera lo primero en que piensan todos los enfermeros es que aunque es algo que llevo haciendo de una manera habitual sí que quiero todavía formarme más,  sí que quiero tener un reciclaje mayor, ningún enfermero que no esté seguro de lo que está haciendo no se van a meter en un berenjenal de intentar prescribir una serie de fármacos con un desconocimiento de los productos en sí”. La ley de momento sólo se aplica en Andalucía, para el resto de comunidades sigue en desarrollo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario