El plazo
para integrar al personal doméstico en el Régimen Especial de Empleados deHogar finaliza el 1 de julio, justo dentro de un mes. Esta nueva regulación
entró en vigor el 1 de enero de este año, sin embargo el período de inscripción
en la Seguridad Social se prolongó para facilitar la gestión de los trámites.
El
régimen obliga a establecer un contrato por escrito entre empleado y empleador,
eliminando la opción que hasta ahora venía siendo habitual y que se basaba en
un contrato verbal. Será el empleador quien deba dar de alta al trabajador en
la Seguridad Social, incluso aunque trabaje a tiempo parcial o por horas. En
caso de no formalizar este contrato, el empleado desempeñará su actividad sin
protección en caso de que se produzca un accidente laboral. Esta situación
irregular implica multas que oscilan entre los 626 y los 6250 euros.
Existe
una división de opiniones en torno al establecimiento obligatorio de un contrato
por escrito, sobre todo entre los trabajadores inmigrantes. Un gran número de
los empleados de hogar son mujeres inmigrantes. Algunas como Rosa se muestran
pesimistas y consideran que el nuevo régimen para personal doméstico implica
una reducción de su propio salario: “ahora mi jefe tiene que pagar mi
cotización. Supongo que para pagarla me descuenta una parte del sueldo”. Buena
parte de las empleadas como ella aún no han formalizado el contrato y por tanto
no han negociado todavía las cláusulas laborales: “La alternativa es trabajar
menos horas”. Añade que tanto en un caso como otro “la realidad es que voy a
cobrar menos”.
Otras
empleadas de hogar como Lisbeth, que trabaja como interna en casa de sus
empleadores, aseguran que es conveniente tener acceso a las prestaciones
básicas de la Seguridad Social. “Si cotizas es mejor porque puedes demostrar
que tienes unos ingresos básicos. Eso para nosotras es importante porque así podemos conseguir que vengan acá nuestros hijos”. Sin embargo también reconoce
algunos inconvenientes en la forma de contratación: “tengo amigas que trabajan
en dos o tres casas y tiene que hacer un contrato para cada una, aunque solo
trabajen una o dos horas”.
Con este
nuevo régimen se pretende establecer una serie de cláusulas capaces de regular
un sector difícil de controlar. Los empleados de hogar tendrán a partir del 1
de julio acceso a las prestaciones del Régimen Especial, entre ellas el derecho
a incapacidad temporal. No obstante su afiliación no les permite acceder a la
prestación por desempleo. Aquellos que no se integren en la nueva normativa
quedarán dados de baja en la Seguridad Social, por lo que pasarán a trabajar en
situación irregular.
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