Foto: Laura Schetino |
Fuenlabrada, 29 de
octubre de 2011.- La Secretaria de Estado de Trabajo
e Inmigración ha publicado ayer el
“Informe Anual de Políticas de Inmigración y Asilo 2010”. El
estudio recoge
una visión general política y jurídica de la inmigración y el
asilo en España,
haciendo hincapié en las novedades y avances acaecidos durante el
año 2010. Uno de los temas presentes ha sido la situación
económica de crisis que ha llevado al gobierno socialista a
disminuir el gasto público en su "lucha por la recuperación".
Cada año se elabora una cifra provisional de trabajadores
extranjeros que se necesitan según el "Procedimiento de gestión colectiva de contrataciones en origen". El informe menciona que
la demanda de trabajadores extranjeros no comunitarios ha descendido
un 80 por ciento con respecto a 2008. La profesora de sociología de
la Universidad de Educación a Distancia (UNED), María RosarioSánchez Morales, afirma que estos recortes están afectando "sobre
todo al ámbito de lo social", lo que da lugar a una situación
de "desarraigo y desprotección" de los inmigrantes.
El informe apunta a un leve retroceso en el número de inmigrantes en
España en 2010, mientras que especifica cómo la tasa de paro en la
población extranjera es de casi 12 puntos más que en la autóctona.
Sánchez Morales asegura que esta diferencia se debe a que los
inmigrantes trabajaban sobre todo en la construcción "en una
precariedad absoluta".
Estadísticas sobre
delitos racistas
El
informe ha sido encargado por la Comisión Europea y ejecutado por
el Observatorio Permanente de la Inmigración, adscrito al Ministerio
de Trabajo e Inmigración. Una de las novedades que destaca es la
publicación por parte del Ministerio del Interior de estadísticas
sobre crímenes racistas en el Sistema Estadístico de Criminalidad,
que hasta ahora no tenían un apartado propio. La abogada de la
Organización No Gubernamental (ONG) SOS Racismo, Isabel Lima, opina
que esto “supone un avance para que la sociedad esté informada y
evite actuar de esa manera”.
El informe incluye
algunas modificaciones importantes en varios artículos del Código
Penal llevadas a cabo en 2010, como por ejemplo el artículo 89. En
este epígrafe se declara prioritaria la expulsión de un inmigrante
ilegal en caso de ser condenado, siempre y cuando la pena sea
inferior a seis años.
Precisamente, las "expulsiones cualificadas"
-repatración de inmigrantes con antecedenes penales vinculados con
hechos delictivos que supongan una amenaza para la seguridad pública,
como el terrorismo, el crimen organizado o la violencia de género-
se incrementaron un 47 por ciento desde 2009, según el informe. “El
juez puede ofrecer que la persona elija entre expulsión o condena y
se dan casos en que los condenados optan por lo segundo; pero tras
cumplir parte de la condena se le expulsa. Eso es doble punidad.
Estamos en contra, ya que se estaría acumulando dos penas de
distinta naturaleza pero por un mismo hecho”, afirma Lima.
La
orientación sexual entra en la definición de refugiado
El
estudio hace también referencia a las novedades que incorpora la Ley12/2009 que regula el derecho de asilo. El estatus de refugiado
amplía su definición. Se hace referencia por primera vez a la
persecución por orientación sexual o de género como causante de la
condición de refugiado. El
abogado de la ONG SOS Racismo Javier Ramírez opina que este punto es
positivo, a pesar de que “la definición de persecución es más
restrictiva que la del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para
los Refugiados (ACNUR)”. Ramírez critica que el índice de
concesiones del
Estatuto
de Refugiados en España
es “muy bajo”, ya que no supera el 5% de las solicitudes. “Es
una cifra mucho menor comparado con otros países de la Unión
Europea”, prosigue. Además, según el abogado, “lo que se
necesita con urgencia es un desarrollo reglamentario porque hay
determinadas materias que están sin contenido”.
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